Al Toro México | Versión Imprimible
Historias: El Reglamento Taurino
Por: Francisco Coello Ugalde | Foto: Archivo
Miércoles, 16 May 2018 | CDMX
"...materializar el desarrollo de los festejos..."

Hace cerca de 250 años, entraban en vigor nuevas disposiciones con las que se pretendía regular el espectáculo taurino novohispano. Seguramente, la autoridad reaccionó ante el hecho de cubrir una serie de necesidades que fueran delineando de mejor manera no sólo el festejo en su parte técnica, sino administrativa también, pues se habían creado alrededor de la organización, diversos intereses, entre los cuales se encontraba el nada despreciable factor crematístico.

Había que cobrar las entradas, pagar honorarios, ganados, utensilios, materiales. Realizar gastos de imprenta y otros servicios, cuya información además, quedaba perfectamente desglosada en “cuentas de gastos”. Así que echada a andar la maquinaria del o los festejos, fuese por razones religiosas (en apego a las “fiestas de tabla”), o debido a motivos “solemnes” o “repentinos”; incluso académicos, el hecho es que operaba todo un proceso encaminado a materializar el desarrollo de los festejos mismos.

Respecto al AVISO AL PÚBLICO fechado el 18 de noviembre de 1769, este contenía la siguiente información:

"Para los días lunes y jueves de las siguientes cuatro semanas están dispuestas las OCHO CORRIDAS DE TOROS que por ahora se ha dignado conceder el Exmo. Sr. Virrey con designio de invertir sus productos en varios fines de beneficio público. Los toros que en ellas se lidiarán son de las famosas toradas de HIERRO y Yeregé, siendo los de la primera de seis a nueve años de edad.

"Torearán a caballo Cristóbal Díaz, andaluz; el Cuate; el Capuchino; José Porras; Santiago Gándara; y Reyna, a todos los cuales da la plaza caballos; y de a pie serán dos cuadrillas de los más selectos, capitaneada la una por Tomás Venegas y la otra por Pedro Montero, ambos sevillanos.

"Para gobierno de los que vayan en coche a la plaza, y a fin que lo prevengan a sus cocheros se advierte: que el Puente de Palacio y calle de la Merced son los únicos parajes por donde las respectivas centinelas permitirán entrar a la plaza los coches, como sus salidas por las bocas calles de la Acequia, Porta-Coeli y S. Bernardo, con el objeto de evitar todo embarazo y confusión.

"Hácese asimismo saber que no se permitirá entrar coche alguno de día ni de noche dentro de la plaza, ni menos gente de a caballo, y que por lo mismo nadie deberá intentarlo.

"Ninguna persona, de cualquiera calidad o condición que sea, a más de los toreros nombrados, entrará en la plaza a pie ni a caballo mientras se lidien los toros, ni saltará a ella de las barreras o lumbreras con ningún pretexto, pena de un año de destierro a los nobles, de cien azotes a los de color quebrado y de dos semanas de cárcel a los españoles; y ninguno, bajo las mismas penas, será osado a picar a los toros desde dichos parajes con espada, garrocha, picas o jaretas, ni entrar a la plaza a vender dulces, pasteles, bebidas ni alguna otra cosa.

"Y no obstante que todo lo dicho se hará saber por bando que será publicado en la misma plaza cada día de corrida antes de empezarla, se advierte también en este cartel para que nadie pueda alegar ignorancia”. Facsímil reproducido por Nicolás Rangel: Historia del toreo en México. Época colonial (1529-1821). México, Imp. Manuel León Sánchez, 1924. 374 p. fots., p. 147.

De ese modo, las corridas de toros, y ya durante el siglo XIX estuvieron bajo la mirada de la autoridad, la cual notoriamente permisiva (los recursos legales a su disposición eran mínimos), permitió el curso de las mismas.

Es cierto. Predominó el relajamiento, y sobre todo una independencia que consiguió darle al espectáculo síntomas de libertad, por un lado. De creación y recreación por otro, hasta alcanzar estaturas de lo increíble y fascinante.

Disposiciones como las de 1815, 1822 o 1851 no fueron más que tibios propósitos que intentaron acercar a la tauromaquia por el sendero del orden.

Fue hasta el año de 1886 cuando se redactó el primer “Reglamento para las Corridas de Toros” del que se tiene conocimiento, mismo que contemplaba las “Obligaciones de LOS PRESIDENTES y las de todos los que toman parte en el espectáculo”. Esto en Toluca, estado de México. Quien se encargó de redactarlo fue Julio M. Bonilla Rivera, entonces reconocido director del semanario El Arte de la Lidia.

Para 1895 entra en vigor el que puede considerarse como primer reglamento taurino en la ciudad de México, elaborado ya para la tauromaquia que se practicaba por entonces, misma que había superado las condiciones inestables de aquel espacio secular. Los intentos por aplicar uno desde 1888 no prosperaron, de ahí que la fiesta entrara en una etapa caótica, enfrentando diversas prohibiciones debido entre otras causas, al pésimo juego de ciertos encierros o la mala actuación de otros tantos espadas, lo cual originó comportamientos radicales por parte del público que llegó a destruir o quemar parcialmente más de una plaza de toros.

Luego, se aplicaron otros tantos, como el de 1923, 1940, 1946 y el de 1953. Vino también el de julio de 1983. Todos ellos iban adaptándose a los tiempos que corrían, pero sobre todo a los requerimientos y necesidades obligadas por el uso indebido o la interpretación que, por conveniencia fueron realizando actores, protagonistas, e incluso autoridades que no tuvieron otro remedio que adaptarse a los intereses de quienes encontraron forma de violentar la ley.

Como toda disposición legal, los reglamentos también se sujetaron a cambios y modificaciones. Pero también era necesario renovarlos, ponerlos al día. Con ese motivo, hoy recordamos que hoy, hace 21 años, precisamente el 16 de mayo de 1997, el entonces Presidente de México, Ernesto Zedillo Ponce de León expidió el Reglamento Taurino para el Distrito Federal que, por sus características ha sido modelo en otros tantos sitios del país, para resolver, a nivel estatal o municipal todo aquello que aplica directamente sobre los espectáculos públicos. En particular, los festejos taurinos.

Tal instrumento sigue vigente con las últimas adecuaciones de febrero de 2004. Lamentablemente existe un conjunto de artículos que no se aplican en la realidad, sobre todo porque el Juez de Plaza, máxima autoridad en la plaza, no cuenta con el debido respaldo, tanto a nivel delegación política como de la Jefatura de Gobierno.

 En muchas ocasiones hemos sabido que este controvertido personaje no puede poner en valor, ni tampoco imponer la “autoridad de la autoridad”, por lo que de ser la máxima autoridad, pasa a ser, mera pieza decorativa. Por lo tanto, conviene devolverle al Juez de Plaza y todos sus apoyos (juez de callejón, médicos de plaza y sobre todo a veterinarios) la capacidad de decidir, resolver y pronunciarse siempre en la correcta aplicación del reglamento.

Así, quienes tienen privilegios, y consideran que la autorregulación es lo mejor, lo ignoran hasta el punto de cometer infracciones que por sí solas, habrían sido motivo de fuertes y ejemplares sanciones.

En nuestros días, el Reglamento Taurino requiere ajustes, pulimentarse, pero sobre todo adaptarse a ciertas circunstancias que vendría muy bien discutir, relacionadas sobre todo con la presencia del ganado. La permanente sospecha de que no son presentados con la edad apropiada, y más aún cuando no hay forma de comprobarlo gracias al examen “post mortem”, sigue causando marcadas dudas. También se encuentra pendiente una profunda revisión al capitulado de la lidia.

La incorrecta forma en que se realiza la suerte de varas, el desorden o “herradero” que suele haber con frecuencia durante el segundo tercio (el de banderillas) y luego el uso de trebejos como la espada o el descabello (pinchazos, desaciertos y tiempo transcurrido), hacen que se reflexione seria y profundamente sobre los mejores procedimientos que deben imponerse en esta sola observación.

Las anteriores, son apenas una pequeña razón del porqué se necesita una puesta al día, de conformidad a los tiempos que corren buscando eliminar factores que siguen despertando sospecha y suspicacia entre los contrarios, así como el malestar natural entre los propios aficionados que merecemos desde luego, la mejor representación posible de un festejo taurino.

He ahí un enorme compromiso, con objeto de encontrar la mejor imagen posible del espectáculo taurino en nuestros día